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Deberes de las Personas Naturales Obligadas a llevar Contabilidad

Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad son aquellas que en el momento de iniciar sus operaciones se refleja un capital propio superior a los $180.000. También, quienes generen ingresos anuales del ejercicio económico hayan sido superior a los $300.000. En último término, quienes posean costos y gastos anuales atribuibles a la actividad económica, del ejercicio fiscal anterior que superen los $240.000.

Asimismo, las personas que generen rentas de las siguientes actividades:

Agricultura, Profesional, Pecuarias, Artesanos, y otros trabajos independientes.

Primer deber formal

Inscripción en registros pertinentes.

El primer deber que tiene toda persona natural es el de inscribirse en los registros correspondientes. Por lo tanto, debe proporcionar la información relacionada a la actividad económica que realiza. Finalmente, comunicar adecuadamente al organismo que corresponda cuando existan cambios en la misma.

Todas las Personas Naturales o sociedades están obligadas a inscribirse en el RUC, se menciono anteriormente que es un registro que identifica al contribuyente con su numero de cédula y al final de esta los dígitos 001. De modo que este documento es la prueba fehaciente de que se ha formalizado la actividad económica y por lo cual es personal e intransferible.

Segundo deber formal

Emitir y entregar los comprobantes de venta y retención autorizados.

Los comprobantes de venta son autorizados por el SRI para ser emitidos. Estos son los que respaldan la transmisión de bienes o la prestación de algún servicio gravado con tributos.

Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad utilizaran según sea el caso:

Facturas, tiquetes de maquinas registradoras, liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios, guías de remisión y comprobantes de remisión.

Por lo que, deben emitir estos comprobantes en todas sus transacciones e incluir en ellos la frase “Obligado a llevar contabilidad”.

Tercer deber formal

Llevar libros y registros contables utilizando los servicios de un profesional en la rama contable.

En cuanto a este deber formal, es necesario solicitar los servicios de un profesional en la rama de contabilidad. Ya que, utilizara toda la información que se le proporciona para analizarla y registrarla de forma manual o computarizada. El contribuyente debe conservar comprobantes de ventas y retención por siete años, así como los registros contables en relación a su actividad económica.

Cuarto deber formal

Presentar a través de la pagina del SRI las declaraciones correspondientes y la información relativa a las actividades económicas, mediante anexos.

Es importante resaltar que todas las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, deben presentar sus declaraciones y anexos por Internet. Estas deben ser enviadas con la clave de un profesional en la rama contable.

Dichas declaraciones son las siguientes:

Impuesto al valor Agregado (IVA).

Las declaraciones mensuales y su pago se realizan en el mes siguiente al periodo que se va a informar. Se realiza a través del formulario de iva, y la fecha de pago depende de el noveno dígito del RUC.

Impuesto a la Renta.

Todas las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben presentarla de forma anual. Se debe realizar el calculo de acuerdo a los valores que el SRI publica anualmente. El contador debe realizar la declaración del impuesto mediante el formulario 102 en donde se plasman los ingresos percibidos y los gastos generados. Estos ingresos y gastos en el lapso del 1 de Enero hasta el 31 de Diciembre.

El plazo para presentar la declaración comienza el 1 de Febrero y termina en marzo dependiendo del noveno dígito del RUC.

Retenciones en la fuente.

La retención en la fuente es un sistema de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta y complementarios. De manera que, es la obligación que tiene el comprador de bienes y servicios, de no entregar el valor de la compra al proveedor, sino de retener un porcentaje por impuesto.

Presentación de Anexos.

Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, ademas de realizar la declaración y pago de impuestos deben presentar la información relativa a las transacciones que provienen de sus actividades económicas a través de los anexos que requiere el SRI.

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